Preguntas frecuentes

Sobre los seguros en general

El seguro no es un mecanismo de protección nuevo, de hecho, es una de las más antiguas instituciones comerciales que se conocen. Esto ha permitido perfeccionar y ampliar la actividad aseguradora hasta lo que es hoy en día, una garantía clave en el funcionamiento de la industria y el comercio en todo el mundo. Sus principios están, por tanto, bien asentados y garantizan su adecuado funcionamiento.
La actividad aseguradora se ha ido desarrollando desde hace cientos de años como consecuencia de la búsqueda de la seguridad ante cualquier evento imprevisto.

El seguro es un medio para la cobertura de los riesgos al transferirlos a una Aseguradora, que se va a encargar de garantizar o indemnizar todo o parte del perjuicio producido por la aparición de determinadas situaciones accidentales.
Es una fórmula eficaz de cobertura que implica pagar una cierta cantidad por una prestación o indemnización futura en caso de que se presente una situación adversa, que en algunos casos, puede ser extrema (por ejemplo, si se incendia un coche o una casa).

Popularmente, se interpreta la «letra pequeña» como:
Añadir muchos detalles a algo que no lo necesita como una manera de ocultar información importante.
Utilizar un lenguaje muy complicado, lleno de detalles técnicos, para que el lector no lo entienda.
Utilizar un tamaño de letra muy pequeño, que dificulta o imposibilita la lectura del texto.
Con el fin de proteger a los asegurados, la redacción de los contratos debe ser clara y precisa. De hecho, está legalmente establecido que las limitaciones que tenga el seguro se destaquen de modo especial.

La mayoría de las compañías pone a tu disposición la manera más sencilla y fácil posible mediante el pago con tarjeta de crédito o carta de pago con la que yendo al banco indicado, puedes hacer el pago del recibo pendiente. Pregunta en tu correduría de seguros y ellos te indicarán la mejor forma de hacerlo.

Sí, las entidades de seguros deben seleccionar sus riesgos con criterios técnicos objetivos con el fin de garantizar el servicio y las prestaciones comprometidas con todos los asegurados y, en definitiva, garantizar también su continuidad como empresa.
Si una compañía de seguros considera que asegurar algo supone un riesgo para su solvencia y para la protección de sus asegurados, puede negar la contratación del seguro al mismo.
La entidad aseguradora puede rechazar realizar un seguro a una comunidad de propietarios sobre un edificio muy antiguo debido al riesgo intrínseco que representa o, por ejemplo, si su historial de daños por agua es extenso.

En primer lugar, conviene distinguir dentro de los mediadores a los agentes de seguros de los Corredores de Seguros.
Los agentes de seguros son profesionales que trabajan para una única compañía o con varias; en función de para quién trabajen se distingue entre:

  • Agentes de seguros exclusivos: trabajan para una sola entidad aseguradora.
  • Agentes de seguros vinculados: trabajan con varias entidades aseguradoras.

Los Corredores de Seguros, por otro lado, son expertos que ofrecen asesoramiento profesional y son totalmente independientes, ya que no mantienen vínculos con las entidades aseguradoras. Pueden trabajar con todas las compañías aseguradoras que deseen.

Se entiende por valor de nuevo de un bien, en un momento determinado, la cantidad que exigiría la adquisición de uno nuevo igual o de análogas características, si ya no existiera igual en el mercado.

Se entiende por tal el valor de nuevo, según se ha definido en el punto anterior, deducción hecha de las depreciaciones por uso, desgaste, estado de conservación o cualquier otro motivo.

Modalidad de cobertura que exige que la suma asegurada cubra totalmente el valor de los bienes asegurados, ya que si no llegase a cubrirlo, el Asegurado será considerado como propio asegurador por la diferencia y como tal tendrá que soportar una parte proporcional de la pérdida o daño en caso de siniestro.

Modalidad de cobertura que consiste en asegurar una parte alícuota de la suma asegurada total (valor total)
declarada por el Tomador del seguro o Asegurado. En caso de siniestro, las pérdidas o daños se indemnizarán por su valor, pero con un límite máximo igual a la parte alícuota asegurada. Si el valor total declarado no llegara a cubrir el valor de los objetos o bienes asegurados, el Asegurado será considerado propio asegurador por la diferencia y como tal tendrá que soportar una parte proporcional del valor parcial estipulado.

Modalidad de cobertura que consiste en asegurar un valor determinado hasta el cual queda cubierto el riesgo, renunciando el Asegurador a la aplicación de la regla proporcional.

La cantidad fijada en cada una de las partidas de la póliza, que constituye el límite máximo de indemnización a pagar por todos los conceptos por el Asegurador, en caso de siniestro. Para el Continente corresponderá a su valor de nuevo con la limitación que se establece en la Condición Especial «Valor de nuevo» y para el Contenido corresponderá al «valor venal» de los objetos asegurados.
En relación al Continente, la determinación del valor de cada una de las partes privativas o de propiedad separada (vivienda, apartamento o local) se realizará teniendo en cuenta las respectivas cuotas o coeficientes de participación que hayan sido establecidos en el título constitutivo de la división en propiedad horizontal o en la escritura pública o en cualquier otro título o documento inscrito en el Registro de Propiedad.

Todo hecho cuyas consecuencias dañosas estén total o parcialmente cubiertas por las garantías de esta póliza. En todos los casos, se considerará que constituye un solo y único siniestro el conjunto de daños y perjuicios o hechos derivados de una misma causa.

La cantidad, expresamente pactada en las Condiciones Particulares de la póliza, que corre a cargo del Asegurado y que, en consecuencia, se deducirá del importe de la indemnización que corresponda en cada siniestro.

Daños, destrucción o deterioro de cosas o de animales.

Lesiones corporales o muerte causados a personas físicas.

Los originados por el empleo de medios para aminorar las consecuencias del siniestro, con exclusión de los gastos originados por la aplicación de medidas adoptadas por la Autoridad o el Asegurado para cortar o extinguir un incendio o evitar su propagación.

Sobre el seguro de auto

Según la ley española, todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España está obligado a suscribir un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio.
Es decir, es obligatorio tener un seguro de coche.
¿Qué sucede si no se cuenta con un seguro obligatorio?
a) Está prohibida la circulación por territorio nacional de los vehículos no asegurados.
b) El vehículo deberá quedar en depósito, con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro obligatorio.
Y además, la sanción económica que se impondrá, con independencia de si el vehículo circula o no, irá desde los 601,01€ hasta los 3.000€

Está demostrado que el consumo de alcohol, incluso a bajas concentraciones etílicas, reduce la capacidad de conducción con el deterioro de la atención, de las funciones visual y auditiva, perturbaciones en el campo perceptivo, cansancio, somnolencia y fatiga muscular. En consecuencia, aumenta el riesgo de sufrir un accidente.

Por supuesto, con el seguro de auto podrás circular libremente en todas las fronteras de la Unión Europea, Islandia, Noruega, Suiza, Liechtenstein, Serbia y Andorra.
Sin embargo, si viajas a Albania, Azerbaiyán, Bosnia-Herzegovina, Bielorrusia, Israel, Irán, Macedonia, Marruecos, Moldavia, Montenegro, Rusia, Túnez, Turquía y Ucrania, junto a la documentación de tu seguro de coche deberás contratar un Seguro de Frontera.
¿Qué es un seguro de frontera o carta verde?
Se denomina Seguro de Frontera a las cartas verdes expedidas en las zonas fronterizas, para vehículos extranjeros. Todos los vehículos provenientes de países de fuera del Espacio Económico Europeo necesitan obligatoriamente acceder a territorio Español (y consecuentemente, al EEE) con una Carta Verde en vigor (o Seguro de Frontera). Y todos los países del EEE necesitan una Carta Verde (o Seguro de Frontera) para acceder a otros países de fuera del EEE. Para ello, bien la pueden obtener en sus países de origen, o en caso contrario, deberán adquirir una en el momento de entrar con su vehículo en territorio del Estado en cuestión. En España las compañías de seguros no tienen la obligación legal de facilitar junto con la póliza de Seguro de Automóvil la «Carta Verde».

Con los nuevos cambios de leyes en el campo de la circulación, no viene mal repasar cuál es la documentación obligatoria que debemos llevar en el coche para no tener problemas con la Guardia Civil o la Policía:
Documentos obligatorios:

  • Permiso de circulación: Puede sustituirse por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o por el justificante del gestor que esté tramitando la transferencia cuando aplique.
  • Tarjeta de inspección técnica.
  • Informe de la ITV favorable y la pegatina, que deberá colocarse en el vehículo.

Documentos opcionales:

  • Documentación acreditativa de la vigencia del seguro.
  • Recibo del pago del impuesto municipal de circulación o Impuesto de vehículos de tracción mecánica.

En cualquier seguro dispondrás de un teléfono gratuito para poder llamar a la grúa siempre que tengas contratada la Asistencia en carretera. Podrás solicitar su asistencia sin coste adicional. Debes tener en cuenta que el servicio de grúa varía en función del tipo de Asistencia en Viaje que contrates en tu seguro de coche.

Para comunicar un siniestro de una manera rápida y sencilla en cualquier momento, te recomendamos llamar a tu correduría de seguros. Ellos lo tramitarán rápidamente y te ahorrarás problemas posteriores.
Esta es una garantía que deberás añadir cuando contrates el seguro de coche, porque no es habitual que esté incluida. Gracias a ella, podrás disponer de un vehículo siempre y cuando su coche se encuentre en reparación a causa de un siniestro. Debes tener en cuenta que el uso del servicio está limitado a un máximo de entre 2 y 3 siniestros al año.

Normalmente sí. A veces hay compañías que no lo incluyen para los ciclomotores pero se puede contratar aparte con algunas otras compañías que se dedican a dar servicio de asistencia.
Al llamar al teléfono de la compañía podrás solicitar la grúa sin coste adicional. Si debes tener en cuenta que el servicio de grúa varía en función del tipo de Asistencia en Viaje que contrates en tu seguro de moto: Asistencia en Viaje Básica o Completa.

En España, está prohibido circular sin el seguro de responsabilidad civil obligatorio. Este seguro es obligatorio porque, en caso de tener un accidente, es el que da cobertura a las terceras personas que puedan verse afectadas. La sanción puede llegar a ser importante y el vehículo podría quedar inmovilizado. No conduzcas nunca sin seguro.

La Declaración Amistosa de Accidente (DAA) es un documento que tiene como objetivo fundamental agilizar las tramitaciones de los daños materiales originados por el uso de vehículos de motor. Rellenar una DAA es muy sencillo, sólo hay que seguir las siguientes recomendaciones:
  • Escribe con claridad: rellena los datos con letra mayúscula y evita confundir los datos del vehículo A (columna de fondo azul) con los del B (columna de fondo amarillo).
  • Rellena todos los datos posibles.
  • Utiliza sólo un formulario para una colisión entre dos vehículos.
  • Fíjate bien en la columna central, que es la que determina las circunstancias del siniestro. Siempre debes marcar con una x el motivo tuyo y el del contrario.
  • Si hay testigos del accidente, anota su teléfono y dirección.
  • Si hay lesionados o más vehículos implicados, rellena el apartado correspondiente.
  • Dibuja un croquis del escenario del accidente.
  • Firma el parte, comprueba que el otro conductor también lo hace y quédate con una copia del mismo. Este dato es importante: la firma de ambos y la copia que luego deberás llevar a tu Corredor de seguros para que lo tramite con tu compañía.
Para que el seguro de auto tenga cobertura en el extranjero el asegurado deberá ponerse en contacto con la compañía de seguros y solicitar la Carta Verde, en caso de no tenerla. En la Carta Verde vendrá el listado de todos los países donde el Seguro de Responsabilidad Civil está vigente.
Sí, algunas aseguradoras proporcionan cobertura.

Existen muchas compañías que aseguran coches pero la casualidad puede hacer que tengas un golpe con un vehículo que esté asegurado con la misma que tú. Si te preguntas qué ocurrirá en caso de que debas reclamar daños al contrario, tenemos la respuesta: tu aseguradora te defenderá a ti.
La mayoría de compañías incluyen la defensa jurídica dentro del seguro de auto básico, es decir, a terceros, y por supuesto, también la incorporan a los seguros a todo riesgo. En cualquiera de los casos, debes tener la certeza de que la aseguradora defenderá tus intereses en caso de tener un accidente con un vehículo que sea de la misma compañía.
Según la legislación española, existen tres vías por las que la aseguradora puede prestarte el servicio de defensa jurídica. Tres caminos que han sido diseñados, precisamente, para que no pueda haber un conflicto de intereses. Es decir, para evitar que la compañía deje de defenderte o no lo haga todo lo bien que debiera. Así pues, la aseguradora puede optar por:
Darte servicio con personal propio pero garantizándote en todo momento que actuará con plena independencia (es decir, que si tú tienes un conflicto con la misma aseguradora, los abogados te defenderán a ti).
Darte servicio contratando una empresa diferente (cuyo nombre debe constar de antemano, en el contrato).
Dándote el derecho a que tú elijas tu abogado y abonando los costes del mismo.
Como ves, con cualquiera de ellas, tienes la certeza de que tus intereses estarán bien defendidos por el seguro.

Es frecuente que en muchos hogares haya un solo vehículo y varias personas que lo conducen. Una pareja, los hijos o un hermano, pueden convertirse en conductores habituales del mismo coche. En estos casos, ¿es recomendable que su nombre aparezca en el contrato del seguro?
No solo es recomendable sino que es obligatorio. Al incrementar el número de conductores, aumenta también el riesgo de tener un accidente. Especialmente si alguno de esos conductores tiene un perfil de riesgo más elevado, como los menores de 25 años o aquellos que tienen menos de 5 años de experiencia al volante. La aseguradora debe tener la información necesaria para valorar el riesgo real de que ese vehículo sufra un accidente. Por eso, es imprescindible que sepa quién lo conducirá. Identificar a todos los conductores habituales permite un aseguramiento adecuado.
Hay que tener en cuenta que, si la persona que conducía no estaba en el contrato del seguro, la aseguradora tiene el derecho de decidir si corre o no con los gastos del accidente. De hecho, en muchas ocasiones, las compañías detallan en el contrato que algunas coberturas quedan directamente excluidas cuando conducen personas que no constan en la póliza.
Otro motivo para identificar a todos los conductores habituales es que esto les permite generar un historial de experiencia al volante. De esta forma, si son prudentes y no tienen ningún accidente, en un futuro esas personas podrán beneficiarse de las bonificaciones que las compañías dan a los buenos conductores. Si un joven conduce bien pero nadie lo sabe porque no consta en ningún contrato, será como si empezara de cero cuando vaya a asegurar su primer coche. La experiencia con el de sus padres no se tendría en cuenta si no le identificaron como conductor habitual.

En el pasado había que llevar el recibo del seguro del coche en la guantera, pero esto dejó de ser obligatorio hace muchos años. Desde 2008, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado pueden consultar telemáticamente el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). En esta base de datos aparece si tu vehículo está asegurado o no. Por lo tanto, ya no hace falta tener el recibo del seguro en el coche, aunque nunca está de más llevarlo por si necesitaras los datos para alguna gestión o algún problema técnico impidiera a la policía realizar la consulta telemática.

Todos tranquilos. Todos los conductores pueden estar cubiertos. Eso sí, hay que tener en cuenta alguna cosa. La persona que va a llevar el coche ocasionalmente debe cumplir ciertas características como, por ejemplo, que tenga la misma edad que la persona que está dada de alta en la póliza como conductor habitual, que tenga más años de carnet o, al menos, que disponga de licencia de conducir desde hace al menos dos años. Cuál de estas alternativas se aplique depende de la compañía que asegure el coche. Por eso es muy importante darle un vistazo al seguro antes de echar a conducir y, en caso de duda, llamar a la aseguradora para tener todo claro.

El seguro siempre se encarga de atender los gastos médicos que sufran las personas que se ven envueltas en un accidente de tráfico. Ya sean peatones, pasajeros, otros conductores, etc. El seguro cuida de absolutamente todas las víctimas. ¿También del imprudente que provocó la colisión? En la mayoría de los supuestos, también.
Para resolver cuanto antes las consecuencias de los accidentes de tráfico, UNESPA suscribe junto con el Consorcio de Compensación de Seguros varios convenios sanitarios. Tanto con centros públicos como privados. Son acuerdos con los hospitales, las clínicas y los gabinetes de fisioterapia donde se prestan la atención médica y los tratamientos de rehabilitación.
Pero lo mejor es no tener que recibir esos cuidados nunca. Recuerda antes de terminar de leer estas líneas: es fundamental ser prudente al volante y cumplir escrupulosamente las normas de tráfico. Nada de alcohol ni drogas al volante. Descansa periódicamente y presta mucha atención a lo que pasa a tu alrededor cuando conduces.

Si eres propietario de un vehículo, tienes la obligación, por ley, de contratar y mantener en vigor un seguro que cubra la responsabilidad civil del conductor. ¿Y eso qué es? El seguro a terceros de toda la vida. ¿Por qué? Porque los imprevistos ocurren y hay que asegurarse de que habrá dinero para compensar a las víctimas en caso de accidente. Ya sea un golpe en la chapa o un accidente serio donde resulta gente implicada. Este seguro obligatorio cubre exclusivamente la responsabilidad civil del conductor frente a terceros. ¿Y qué no es lo que no está incluido? Los daños que sufras tú o tu vehículo si la culpa del accidente es tuya. Cuando tú eres el causante de la colisión, el seguro obligatorio reparará los daños causados al otro coche o en la vía pública, indemnizará a los ocupantes de cada vehículo (tanto a quienes iban contigo como a las personas del coche contrario) y a los peatones en caso de lesión. El seguro a terceros en ningún caso reparará tu coche ni te indemnizará por tus lesiones. Si quieres tener esas protecciones debes contratar dos coberturas más. Una se ocupa de tu vehículo y se conoce como “daños propios”, aunque todo el mundo la llama “seguro a todo riesgo”. La otra cobertura se denomina “seguro de accidentes del conductor” y te protege a ti.

No incluir a cualquier otra persona que coja tu coche de forma ocasional puede generarte problemas si ocurre algún accidente. Por eso, lo más prudente es identificar a los conductores habituales en el contrato del seguro. Sobre todo si, como es el caso de tu hijo, están lejos de contar con tu experiencia al volante. Recuerda que la ley obliga a comunicar a las aseguradoras si aparece algún factor que hace más probable que ocurra un accidente. Dejar tu coche a un conductor novato, como tu hijo, es un ejemplo de libro.
La identificación de un segundo conductor hará que, previsiblemente, se encarezca algo el precio de tu seguro. Esto es lógico: el riesgo que se está protegiendo es mayor. A cambio te quedas con la tranquilidad de saber que todo quedará cubierto si el chaval se da algún golpe. En cualquier caso, recuerda, la figura del segundo conductor o conductor habitual siempre resultará más económica que si tu hijo tiene la póliza directamente a su nombre. Además, de esta forma empezará a generar su propio expediente como conductor y, si es prudente (como sus padres), pronto podrá beneficiarse de bonificaciones.

No. Todos los seguros tienen unos límites y unas exclusiones que vienen reflejadas en el condicionado de la póliza. Denominar «todo riesgo» a un seguro significa que cubre un conjunto muy amplio de riesgos, pero nunca puede llegar a cubrir todas las situaciones posibles.

Sobre el seguro de hogar

Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto (o vivienda) asegurado por debajo o por encima de que realmente tiene. Ante una circunstancia de este tipo, en caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.
El siguiente ejemplo ilustrará lo anteriormente indicado: en el caso de infraseguro, si un bien que vale 10.000 € se asegura contra el riesgo de incendio por un valor de 5.000€, en el supuesto de que se produzca un siniestro en el cual quede destruida la mitad del mismo, la entidad (en virtud de la regla proporcional) sólo indemnizará en 2.500 € (la mitad del capital asegurado).
Pero no te preocupes, en función de tus datos calcularemos el valor por el que debes asegurar tu hogar, el cual deberás revisar anualmente para evitar la situación de infraseguro.

A la hora de asegurar tu hogar, dos son las cosas fundamentales que tienes que conocer: Qué es el Continente y qué es el Contenido.
Continente: Es el conjunto o parte del edificio destinado a vivienda. Incluye: el conjunto de construcciones principales y/o accesorios, incluidas cimentaciones e instalaciones fijas (agua, gas, electricidad, calefacción, refrigeración y otras propias del edificio como tal). También los falsos techos, papeles pintados, pintura, maderas y moquetas adheridas a suelos, paredes o techos, así como persianas, vallas y muros de cerramiento, sean o no independientes del edificio.
Contenido: Son aquellos elementos que son movibles, es decir, no unidos a la estructura de un edificio, como muebles, aparatos de televisión, ropas y otros bienes familiares. No incluye animales, automóviles, ni embarcaciones de recreo.

Sí, el seguro de la comunidad sólo cubre los desperfectos ocasionados en las zonas comunes. Con un seguro de hogar se protegen las situaciones que ocurran en la vivienda privada, fundamentalmente. Además, el seguro de la comunidad no cubre el mobiliario de la vivienda.
Por ejemplo, si se produce una avería en una tubería y se provocan daños por agua a un vecino, si no se tiene un seguro de hogar, el propietario de la vivienda deberá hacerse cargo de los gastos de reparación.

Dependerá de si el siniestro afecta al continente o al contenido. Si los daños fueran producidos al continente, es decir, a la estructura del inmueble, la compañía de seguros indemnizará al propietario de la vivienda. Pero si el siniestro afecta al contenido la aseguradora reconocerá como beneficiario al dueño de los bienes asegurados (puede ser el propietario de la vivienda o el inquilino).

Tanto si se renueva el mobiliario como si se incorporan nuevos bienes es conveniente revisar la lista de los bienes asegurados para, en caso de ser necesario, ampliar o modificar la póliza. La mayoría de los seguros de hogar permiten reajustar los capitales asegurados y, por lo tanto, modificar las primas en función de las nuevas incorporaciones.

La normativa española del mercado hipotecario no exige suscribir ningún seguro al contratar la hipoteca. Sin embargo, el banco sí puede someter, en uso del principio de libertad de empresa, la concesión de un préstamo al cumplimiento de ciertos requisitos, entre ellos la contratación de un seguro de hogar.
Normalmente, los bancos ofrecen condiciones más ventajosas en el préstamo si el seguro se contrata con la compañía aseguradora vinculada a la entidad bancaria que concede el préstamo. En estos casos, y si el cliente lo considera preferible, se recomienda negociar con la entidad la posibilidad de suscribir el seguro con otra entidad diferente que cubra idéntica contingencia.
En cualquier caso, la contratación del seguro debe hacerse siempre con el consentimiento del cliente.

Sobre el seguro de comunidad

El seguro multirriesgo de Comunidades está dirigido a cubrir cualquier imprevisto y proteger el patrimonio de:

  • Edificios de Viviendas
  • Edificios de Oficinas
  • Urbanizaciones de chalets adosados o pareados
  • Urbanizaciones de casas unifamiliares
  • Comunidad de Garajes

Es el edificio o conjunto de edificios que constituyen la comunidad de propietarios. Comprende este concepto los siguientes elementos del edificio:

  • Elementos estructurales y edificio
  • Instalaciones fijadas al continente
  • Servidumbres exteriores
  • Jardines e instalaciones deportivas
  • Trasteros, garajes, plazas de aparcamiento y anexos

Comprende este concepto los muebles y enseres que, perteneciendo a la comunidad de propietarios y no teniendo carácter privativo, se hallen colocados en las partes comunes del edificio asegurado.

Necesitamos dar cobertura al patrimonio propio de la Comunidad ante cualquier imprevisto así como asegurar la responsabilidad civil ante terceros por cualquier posible daño causado.
Para ello es imprescindible que contratemos coberturas ante daños propios, sobre todo incendio, fenómenos atmosféricos y daños por agua, así como un capital de responsabilidad civil suficiente para el propio inmueble y para contemplar daños a terceros tanto privativos como comunitarios.
Por último, y no menos importante, se deberán tener en cuenta la responsabilidad civil medioambiental y la patronal, en caso de que la comunidad tenga contratados empleados como portero, personal de limpieza, etc.

Sí, cualquier Comunidad puede contratar un Seguro Multirriesgo, sin importar su año de construcción. En caso de que ésta tenga más de 30 años desde su construcción, se realizará una inspección ocular por parte de un perito de forma gratuita para determinar el estado de la misma.

Nuestro Seguro Multirriesgo Comunidades ofrece un servicio de protección jurídica para la reclamación a vecinos con impagos o retrasos de cuotas, recibos, derramas, etc. totalmente gratuito.

La Asistencia de nuestro Seguro de Comunidades cubre, entre otros, los siguientes servicios siempre y cuando se produzcan por un siniestro:

  • Envío de profesionales para reparaciones
  • Apertura de puertas / cerrajería
  • Electricidad de Emergencia
  • Además de ofrecer una línea permanente de información.

Sobre el seguro de vida

La Ley española no dice nada al respecto por lo que rige el principio de autonomía de la voluntad de las partes. Esto quiere decir que una persona puede negarse a someterse al chequeo médico pero, en ese caso, es muy posible que la aseguradora rechace realizar el seguro.
Para contratar determinadas modalidades de seguros de vida, las compañías aseguradoras necesitan conocer el estado de salud de sus asegurados, así como otras cuestiones, para evaluar el riesgo al que se enfrenta y, en consecuencia, ajustar la prima adecuada.

El tomador del seguro puede modificar tantas veces como desee a los beneficiarios, normalmente, mediante escrito dirigido a la compañía de seguros o en el testamento. En el primer caso, la nueva designación de beneficiarios deberá realizarse explícitamente identificando la póliza sobre la que se realiza la modificación.

Sí, se puede tener varias pólizas de vida contratadas al mismo tiempo.

En la actualidad las entidades financieras suelen exigir la contratación de este seguro a la vez que se formaliza el préstamo hipotecario. Sin embargo, su contratación no es obligatoria.

Sobre el seguro de defensa jurídica

El seguro de defensa jurídica, en general, está pensado para hacer frente a los gastos que se le puedan causar al asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento judicial o administrativo (ya sea para reclamar o para defender), y a prestarle los servicios de asistencia jurídica, judicial y extrajudicial.
Normalmente garantizan la cobertura de los gastos de los honorarios profesionales, de las fianzas y los gastos urgentes derivados de un juicio. También pueden cubrir el asesoramiento y consejo presencial especializado, la vigilancia en boletines oficiales, la redacción de documentos legales como contratos, o la defensa y reclamación de herencias. Este seguro está dentro de los seguros de asistencia, es decir, que no indemnizará al asegurado sino que ofrece un servicio (asesoramiento o abono de los gastos que correspondan).

Sobre planes y fondos de pensiones

Las aportaciones económicas que cada persona realice al plan de pensiones, sumadas a las del resto de partícipes, forman el activo de los Fondos de Pensiones, que será invertido en interés de los partícipes y beneficiarios. De este activo se obtienen las futuras prestaciones.

No existe un límite máximo de Planes de Pensiones por persona. Lo que debe tener en cuenta el partícipe es que la suma de las aportaciones que realice a la gama de Planes de Pensiones que posea no podrá superar el límite anual establecido legalmente en función de su edad.

Sí, se pueden dejar de hacer aportaciones al plan de pensiones en cualquier momento. El capital acumulado continuará creciendo en función de la revalorización del fondo en el que esté integrado. A los partícipes en esta situación se les denomina partícipes en suspenso.

El partícipe no puede disponer libremente de las cantidades aportadas por él o por el promotor al plan de pensiones. Sólo puede recibir sus derechos en caso de producirse alguna de las contingencias cubiertas por el plan.
Generalmente, las contingencias que dan derecho al cobro de las prestaciones, son las siguientes:

  • Jubilación
  • Incapacidad laboral total y permanente para la profesión habitual o absoluta y permanente para todo trabajo, y la gran invalidez
  • Fallecimiento, en cuyo caso recibirán la prestación los beneficiarios designados por el partícipe
  • Dependencia severa o gran dependencia del partícipe.

Esta situación tiene dos excepciones. Los derechos de los planes de pensiones podrán hacerse efectivos, en su totalidad o en parte, en los supuestos de enfermedad grave o desempleo de larga duración, siempre que lo contemplen las especificaciones del plan y con las condiciones y limitaciones que éstas establezcan.