seguro, ra.
(del lat. secürus)
- adj. Libre o exento de todo peligro, daño o riesgo.
- adj. Cierto, indubitable y en cierta manera infalible.
- adj. Firme, constante y que no está en peligro de faltar o caerse.
- adj. No sospechoso
- m. Seguridad, certeza, confianza.
- m. Lugar o sitio libre de todo peligro.
- m. Salvoconducto, licencia o permiso que se concede para ejecutar lo que sin él no se pudiera.
- m. Mecanismo que impide el funcionamiento indeseado de un aparato, utensilio, máquina o arma, o que aumenta la firmeza de un cierre.
- m. coloq. Asociación médica privada, que se ocupa de la prevención y remedio de las enfermedades de las personas que abonan las primas correspondientes.
- m. coloq. seguridad social.
- m. Der. Contrato por el que alguien se obliga mediante el cobro de una prima a indemnizar el daño producido a otra persona, o a satisfacerle un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
seguro de vida
- m. Contrato por el cual el asegurador se obliga, mediante una cuota estipulada, a entregar al contratante o al beneficiario un capital o renta al verificarse el acontecimiento previsto o durante el término señalado.
infraseguro
- m. Der. En el contrato de seguro, situación en la que la suma asegurada es inferior al valor real de lo asegurado.
He aquí la definición que la R.A.E. hace de las palabras «seguro» e «infraseguro».
El infraseguro se produce cuando la suma asegurada es inferior al valor real de lo que aseguramos. Si el valor que hemos declarado es inferior al real, el importe de lo que pagamos por el seguro es menor de lo que deberíamos haber pagado.
Ejemplo:
Cuando el seguro de nuestra casa está valorado por debajo, tanto en el continente (edificación) como en el contenido (ajuar, mobiliario, etc…). Compras tu primera casa, tienes pocos muebles y lo aseguras por lo mínimo. Van pasando los años, crece la familia, tus bienes, compras un abrigo de piel, un collar de perlas y un cuadro…. y tu seguro sigue siendo el mismo. Ahora tu seguro ha entrado en situación de infraseguro, ya que el valor en vigor del contenido es mayor que el capital asegurado inicialmente.
En ocasiones declaramos el valor de un bien por debajo del valor real para ahorrarnos un dinerito. Puedes conseguir un ahorro inicial pero a la larga, tendrás un seguro insuficiente y te puede salir caro…. Y todo por ahorrarnos unos euros…
Imaginemos ahora que tenemos un siniestro en casa…. (toquemos madera). Nos podría suceder que la compañía aseguradora nos indemnice por debajo de lo que nosotros esperábamos. Esto es por culpa del infraseguro que tenemos en los capitales que declaramos en su día en la póliza. En este caso, nos aplicarán una regla proporcional a la indemnización por el daño sufrido.
Es en este momento cuando maldecimos al enemigo (en este caso, la compañía) porque pensamos «yo pago religiosamente mi seguro cada año y cuando lo necesito, no me responde y la compañía se quiere ahorrar cuatro duros con su dichosa letra pequeña….». Ayyyy….. las compañías tienen muy presentes los capitales a la hora de valorar los siniestros. Tenedlo en cuenta.
Ahora no os agobiéis y hagáis justo lo contrario: sobrevalorar vuestros bienes. No es necesario ni correcto porque estaréis en la situación contraria de sobreseguro. Además, vuestro corredor de seguros os dirá que podéis incorporar una revalorización automática de la póliza (en función del I.P.C), que revaloriza las sumas aseguradas y por supuesto las primas. Así, evitareis (o limitaremos) los efectos de la aplicación de la regla proporcional en caso de siniestro.
Yo os recomendaría hacer vuestros seguros con tranquilidad, preguntando todas las dudas que tengáis a vuestro corredor de seguros, a esa persona que os conoce bien y de la que os fiáis plenamente. Debéis hacer bien vuestro trabajo como «asegurados». Pedid consejo siempre y no deis nada por supuesto.