Seguro de Impago alquiler para tu vivienda o local

Alquila tu vivienda con toda la tranquilidad de saberte asegurado.

¿Qué es el seguro de impago de alquiler?

Los seguros de impago de alquiler ofrecen coberturas que garantizan el cobro de las mensualidades en caso de que el inquilino deje de pagar. Aparte de esta opción, también pueden incluir servicios de asesoría jurídica para que puedas defender tus derechos, así como la cobertura en caso de daños por vandalismo y necesitar servicios de cerrajería. Si no quieres correr riesgos innecesarios a la hora de alquilar tu vivienda o local, lo mejor es contratar un seguro de impago del alquiler.

Preguntas habituales sobre seguros de impago de alquiler:

No, no es obligatorio, pero resulta de bastante ayuda si, por cualquier motivo, el inquilino no puede hacer frente al pago mensual, o si está haciendo un mal uso de la vivienda o local. Con este tipo de seguros podrás alquilar tus inmuebles y saber que estás protegido frente a lo que pueda pasar.

Si tienes una vivienda alquilada o un local, aprovecha las ventajas que te ofrecen contratando un seguro de impago de alquiler. Las principales coberturas de este tipo de seguros son:

  • Cobertura de las mensualidades impagadas: si el inquilino no es capaz de pagar las mensualidades, el seguro te indemnizará con el mismo importe. Además, incluye la gestión de reclamación al arrendatario por incumplimiento de contrato.
  • Indemnización por actos vandálicos y daños materiales: si el inquilino ha ocasionado destrozos en tu vivienda o local, el seguro se encargará de indemnizarte por ello.
  • Gastos de cerrajero y cerradura: si por algún motivo es necesario acudir a un cerrajero para cambiar las cerraduras de la vivienda o local, este seguro te cubrirá los costes.
  • Defensa jurídica del arrendador: el seguro de impago de alquiler ofrece un servicio de defensa jurídica del arrendador frente a conflictos con el inquilino incluyendo el desahucio, la reclamación de daños y perjuicios y la defensa penal del arrendador.
  • Redacción y revisión de documentos legales: contratando este tipo de seguros podrás olvidarte del papeleo y los textos legales, los asesores jurídicos del seguro de impago de alquiler de tu vivienda o local. Se encargarán de todo lo que necesites.

El seguro de impago de alquiler se calcula en base a la renta mensual y a la duración de la cobertura del impago, que puede ser de 6, 9, 12, 18 y 24 meses.
También se necesitan los datos del inquilino, de cara a conocer si el alquiler es viable y seguro. Para ello se necesitarán sus datos personales y laborales.

Razones para contratar un seguro de impago de alquiler

Si el inquilino no puede pagar, estás protegido

La principal razón es poder seguir recibiendo la mensualidad del alquiler a pesar de que el inquilino no pueda pagarla. En ese sentido puedes elegir la cobertura de impago entre 6, 9, 12, 18 y 24 meses.

El inquilino no está tratando bien el piso o local y ha habido destrozos

En ocasiones podemos encontrarnos con inquilinos que no han tratado la vivienda o local debidamente y han ocasionado destrozos. Con este tipo de seguros podrás hacer todo tipo de reparaciones derivadas del mal uso de la vivienda o local. Además, si es necesario cambiar cerraduras, también se incluye el servicio de cerrajería en la póliza.

En caso de tener que denunciar al inquilino, tendrás un equipo legal a tu lado

Si por cualquier razón debes tomar medidas legales en contra del arrendatario, contratando un seguro de impago de alquiler para tu vivienda o local tendrás asesoramiento legal en todo momento, además de un equipo que gestionará todos los procesos que haya que llevar.

¿Por qué confiar en DR Seguros Brokers
para tu seguro de impago de alquiler?

Asesoramiento profesional

Asesoramiento profesional con alto conocimiento

Estudiamos tus circunstancias personales y familiares aportando nuestra experiencia de más de 25 años para valorar el capital a asegurar.

Estudio personalizado

Hacemos un estudio personalizado

Estudiamos las coberturas nacionales e internacionales para ofrecerte las mejores opciones del mercado en relación al capital a asegurar y tus condiciones personales de profesión y edad.

Propuestas

Te presentamos las 3 propuestas más óptimas

Comparamos entre todas las compañías las mejores opciones para ti y te presentamos las opciones más optimas uniendo las mejores coberturas al mejor precio.

Forma de pago

Estudiamos la forma de pago que mejor se adapte a ti

Ponemos a tu disposición las diferentes opciones de pago para que puedas elegir la que más te conviene según tus circunstancias.

Servicio al cliente

Te damos un servicio personalizado posterior

Si hubiera que hacer uso de la póliza te ayudamos con las gestiones administrativas para darte una respuesta ágil ante cualquier siniestro que necesites.

¿Qué más debo saber?

A la hora de asegurar tu hogar, tres son las cosas fundamentales que tienes que conocer:

  • Continente: conjunto o parte del edificio destinado a la vivienda. Incluye el conjunto de construcciones principales y/o accesorios, cimentaciones e instalaciones fijas (agua, gas, electricidad, calefacción, refrigeración y otras propias del edificio como tal). También los falsos techos, papeles pintados, pintura, maderas y moquetas adheridas a suelos, paredes o techos, así como persianas, vallas y muros de cerramiento, sean o no independientes del edificio.
  • Contenido: aquellos elementos que son movibles, es decir, no unidos a la estructura de un edificio, como muebles, aparatos de televisión, ropas y otros bienes familiares. No incluye animales, automóviles, ni embarcaciones de recreo.
  • Responsabilidad Civil: cubre daños materiales y/o personales que se ocasionen a un tercero por tus propios actos o por personas que estén bajo tu responsabilidad.

En términos generales, hablamos de tres tipos de seguros de hogar:

  • Póliza de daños: es la más básica que se puede contratar. Protege la estructura de tu vivienda (el continente) en caso de accidente como podría ser incendio, derrumbe o inundación.
  • Póliza multirriesgo: cubre tanto el continente (la estructura de la vivienda) como el contenido (bienes, mobiliario y enseres que contiene la vivienda). También incluye la Responsabilidad Civil a terceros como cobertura básica. Los riesgos contemplados habitualmente son los de incendio, daños por agua, daños eléctricos, por fenómenos atmosféricos, por robo y daños estéticos, entre otros.
  • Póliza de amortización de préstamo: es como un seguro de vida, pero vinculado a un préstamo hipotecario o personal. Te garantiza una cuantía equivalente a la deuda. El capital asegurado va decreciendo conforme pasan los años y se va amortizando parte del préstamo. Se trata de que, en caso de fallecimiento o invalidez permanente, tu familia pueda asumir el importe restante. También se puede garantizar una cantidad fija, de manera que, una vez pagada la deuda, puedes recibir una parte.

¿Infraseguro? ¿Sobreseguro? Estas son dos situaciones que se pueden dar a la hora de asegurar una vivienda. En cada una de ellas, se atribuye un valor al objeto o vivienda asegurado por debajo o por encima de lo que realmente tienes. En caso de producirse un siniestro, la entidad aseguradora tiene derecho a aplicar la regla proporcional.

¿Qué coberturas y garantías tiene el seguro de hogar?

Los siniestros en el hogar pueden producirse por muchos motivos ajenos a la responsabilidad personal, y que ninguna persona está exenta de sufrir estos percances.

Las coberturas básicas son las que cubren daños en el continente, daños en el contenido, responsabilidad civil (por daños causados a terceros) y defensa jurídica para reclamar daños causados por terceros en nuestra vivienda.

  • Cobertura de daños en el continente: cubre las reparaciones de los daños producidos por incendio, robo, escapes de agua, explosión, etc. A veces esta cobertura está incluida en el seguro de la comunidad, por lo que, en ese caso, no sería necesario contratarla.
  • Cobertura de daños en el contenido: cubre la reparación o reposición de los enseres dañados por los riesgos cubiertos. En algunos casos hay que justificar el valor de los objetos asegurados.
  • Cobertura de responsabilidad civil: cubre las reparaciones o, en su caso, indemnizaciones que haya que pagar a otras personas por los daños producidos a causa de una avería o problema de nuestra vivienda.
  • Cobertura de defensa jurídica: cubre la reclamación de daños que otros hayan causado sobre nuestra vivienda.
  • Coberturas adicionales: asistencia en el hogar de forma telefónica, médica o informática; hurto, accidentes domésticos que precisan de asistencia sanitaria, y la responsabilidad civil familiar y de las mascotas, es decir, los posibles daños causados a los objetos o terceros por quienes habitan la vivienda, dentro o fuera de ella.